Información del Título IX
Es política de la Academia Hope of Detroit no discriminar por motivos de raza, color, sexo (incluidos, entre otros, orientación sexual, identidad de género o expresión de género), religión, origen nacional, edad, discapacidad o estado civil. estado en sus programas o actividades que opera.
La Academia Hope of Detroit está obligada por el Título IX de la Ley de Enmiendas a la Educación de 1972, y sus reglamentos de implementación, a no discriminar por motivos de sexo (incluidos, entre otros, la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género). El requisito de no discriminar en su programa educativo o actividad se extiende a la admisión y al empleo.
Cualquier consulta sobre la aplicación del Título IX y sus reglamentos de implementación a la Academia Hope of Detroit puede remitirse al Coordinador del Título IX de la Academia Preparatoria Joy, al Subsecretario de la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EE. UU., o a ambos.
Para presentar un informe del Título IX o una Queja formal ante la Academia Hope of Detroit, comuníquese con:
Coordinador del Título IX
michelle t thomas
Correo electrónico: TitleIXCoordinator@leonagroup.com
Habla a: 2125 University Park Dr., Okemos, MI 48864
Teléfono: 517.203.3774
La política y los procedimientos del Título IX de Hope of Detroit Academy prohíben la discriminación sexual, incluido el acoso sexual, y describen los procedimientos para denunciar incidentes de discriminación/acoso sexual, presentar una queja formal y el procedimiento de quejas de Hope of Detroit Academy para resolver dichos informes y quejas. .
[POLÍTICA DEL TÍTULO IX] No discriminación por motivos de sexo en programas o actividades educativas